Legislación de Alérgenos Alimentarios

Como bien sabemos, desde el mes de diciembre del pasado año los bares, restaurantes, cafeterías, etc. están obligados a informar a sus clientes sobre los alérgenos que están presentes en sus platos.

Por otros lado los empresarios del sector hostelero solicitan que los productos envasados que llegan a sus establecimientos, estén bien etiquetados ya que las industrias alimentarias también deben hacer un esfuerzo para indicar claramente los ingredientes alergénicos que componen sus productos con objeto de poder informar de forma correcta a los clientes de baresrestaurantescafeterías, etc.

Por último es importante el indicar que el Reglamento 1169/2011 recoge un listado de 14 alérgenos (gluten, crustáceos, huevos y derivados, pescados, cacahuetes, soja, leche, frutos de cascara, apio, mostaza, sésamo, dióxido de azufre y sulfitos, altramuces, moluscos) con la intención de que para las empresas a las que les aplica esta legislación, les sea mucho mas fácil conocer la información que debe llegar al consumidor sobre los alérgenos que pueden contener los productos comercializados. Esta información puede facilitarse de forma escrita (en las cartas de los establecimientos o en los soportes de venta que utilizan) o bien de forma oral, a través del personal del establecimiento o de los operadores que atienden al teléfono cuando se trata de servir pedidos a domicilio.

¿Quiere asegurarse de que cumple con los requisitos definidos en el Reglamento 1169/2011? Deje que nuestros consultores se pongan manos a la obra y cumplan con su objetivo. Contacte con nosotros para más información.

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